Aliados REMAX
Abril 16 de 2020
POLÍTICAS DE TRABAJO CON AGENTES EXTERNOS
ATENCIÓN A AGENTES EXTERNOS. Los asesores externos a la inmobiliaria únicamente podrán ser atendidos por el (la) asociado que registro la propiedad; en caso de que el (la) asociado no se encuentre disponible, la gerencia será la encargada de mostrar la propiedad.
REGISTRO DE CLIENTES
La Gerencia es la única autorizada para llevar a cabo la verificación y el registro de clientes de agentes externos en nuestro sistema. El registro del cliente se puede llevar a cabo a través de los siguientes medios:
- Personalmente en nuestras oficinas.
- Vía telefónica: 646-102-4040 (WhatsApp)
- Correo electrónico: registro@remaxbaja.mx
Datos para registrar un cliente REMAX Instantips solicita los siguientes datos:
- Nombre completo del cliente.
- Nombre completo de su conyugue. (En el caso de aplicar)
- Ultimos 4 digitos Celular o Telefono.
- Nombre Inmobiliaria.
- Nombre Broker Oficina.
- Nombre Asesor atendiendo.
- Asi como las propiedades interesadas en visitar.
TIEMPO DE VALIDEZ DE REGISTRO
El registro del cliente realizado por un agente externo en nuestra base de datos tendrá la siguiente vigencia:
Prospectos de Venta: El registro se respetara por 1 mes, periodo durante el cual el bróker debe de concretar un mínimo de una cita para mostrar la propiedad en venta; una vez cumplido el periodo de 1 mes si la cita no es concretada y el cliente se comunica a REMAX Instantips, podrá ser atendido directamente por un agente de nosotros, esto únicamente es aplicable en el area Residencial.
Prospectos de Renta: El registro se respetara por 15 días naturales, periodo durante el cual el bróker debe de concretar un mínimo de una cita para mostrar la propiedad en renta; una vez cumplido el periodo de 15 días naturales si la cita no es concretada y el cliente se comunica a REMAX Instantips, podrá ser atendido directamente por un agente de nosotros, esto únicamente es aplicable en el area Residencial.
HONORARIOS
El monto de honorarios a compartir con un asesor(a) externo, dependerá de lo siguiente:
AGENCIA INMOBILIARIA ESTABLECIDA. Deberá estar afiliada a alguna asociación o franquicia inmobiliaria y el monto de honorarios a ser cubierto será de un 50%, la “INMOBILIARIA” deberá de estar registrada como tal. Deberá de hacer llegar vía correo electrónico o de manera personal los siguientes requisitos:
PERSONA MORAL: | PERSONA FISICA: |
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AGENCIA / ASESOR INMOBILIARIO INDEPENDIENTE. El monto de honorarios a ser cubierto será de un 40%, el asesor debe de estar registrado como tal. Deberá de hacer llegar vía correo electrónico o de manera personal los siguientes requisitos:
- Identificación Oficial.
- RFC (Constancia SAT).
- Nombre completo.
- Número telefónico y/o Celular.
- Correo Electrónico.
- Direccion de oficina
- Sitio web con inventario.
ASESOR INDEPENDIENTE. El monto de honorarios a ser cubierto será de un 30%, este porcentaje se pagará en el caso de un asesor(a) independiente que no cuenta con inventario propio. Deberá de hacer llegar vía correo electrónico o de manera personal los siguientes requisitos:
- Identificación Oficial.
- RFC (Constancia SAT).
- Nombre completo.
- Número telefónico y/o Celular.
- Correo Electrónico.
*Nos reservamos el derecho de trabajar con agentes que no deseen registrar a sus clientes, a su vez, que el cliente sea de dudosa procedencia.